Aguinaldo: Quiénes tienen derecho, cómo calcularlo y fecha límite de pago; multas por incumplimiento

La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México recordó a los trabajadores que tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos a 15 días de salario, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

proceso.com.mx

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En vísperas de las fiestas decembrinas, la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) de la Ciudad de México recordó a los trabajadores que tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a por lo menos a 15 días de salario, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

En un boletín, la STyFE detalló que lo anterior está establecido en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Dicha ley establece que los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que laboren o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, también tendrán derecho a que se les pague una parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

A esta prestación anual tienen derecho todos trabajadores, sin excepción alguna, “ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, los contratados por obra o tiempo determinado, los eventuales y los trabajadores del campo”.

Para calcular el monto del aguinaldo correspondiente, se debe dividir el pago quincenal entre los 365 días del año y multiplicar el resultado por el número de días trabajados.

Multas por incumplimiento

El secretario de Trabajo y Fomento al Empleo, José Luis Rodríguez Díaz de León, llamó a las empresas y a los empleadores de la Ciudad de México a cumplir con el pago de aguinaldo en tiempo y forma, y así evitar las multas por incumplimiento, marcadas en la legislación laboral.

De acuerdo con el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, por violaciones a las normas de trabajo se impondrá al infractor una multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Canales de atención a trabajadores

Rodríguez Díaz de León invitó a los trabajadores que no reciban el pago de aguinaldo en tiempo y forma a contactar con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México para asesoría gratuita y representación legal.

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo puso a disposición sus servicios de atención ciudadana en el teléfono 55 5709-3233, extensiones 2001 y 2014.

También, la plataforma https://procuraduriatrabajo.cdmx.gob.mx y el correo electrónico procuraduriacdmx2021@gmail.com

De forma presencial en sus instalaciones ubicadas en avenida San Antonio Abad 32, segundo piso, colonia Tránsito, Alcaldía Cuauhtémoc.

Los trabajadores podrán solicitar una inspección laboral al centro de trabajo que incumpla de manera colectiva con este pago, por correo electrónico en denuncias.inspeccion@cdmx.gob.mx; vía telefónica al 55 5709-3233, extensiones 4001, 4050, 4053 y 4054; y de forma presencial en el Área de Inspección de la instancia.

La STyFE recordó que los trabajadores cuentan con un año para reclamar su pago de aguinaldo, a partir de la fecha en que se debió pagar la prestación.

Para iniciar un proceso de conciliación deberán acudir al Centro de Conciliación Laboral de la dependencia o iniciar este proceso en la plataforma https://conciliacion.cdmx.gob.mx/asesoria/seleccion

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