Anulan sanción contra empresa de Carlos Lomelí y él se registra para ir por Guadalajara

La empresa Lomedic obtuvo que la justicia federal retirara la sanción que la SFP le impuso en 2019 por no indicar en una contratación pública de 2015 que su dueño era el entonces diputado federal Carlos Lomelí.

proceso.com.mx

CIUDAD DE MÉXICO (Apro).- En un revés a la Secretaría de la Función Pública (SFP), la empresa Lomedic, S.A. de C.V. obtuvo que la justicia federal retirara la sanción que la dependencia encabezada por Irma Eréndira Sandov.al Ballesteros le impuso el 9 de septiembre de 2019 por no indicar en una contratación pública de 2015 que su dueño era el entonces diputado federal Carlos Lomelí Bolaños.

El mismo Lomelí fue “superdelegado” del gobierno de Andrés Manuel López Obrador en Jalisco.

Minutos después de darse a conocer su exculpación, determinada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), Lomelí se registró como precandidato de Morena a la presidencia municipal de Guadalajara para las elecciones del próximo 6 de junio.

Lomelí renunció a su cargo de delegado de programas del Bienestar en Jalisco a raíz de las acusaciones de nepotismo y conflicto de interés que enfrentó mientras encabezaba dicha estructura, encabezada por Gabriel García Hernández, el operador electoral de López Obrador.

En su resolución de hoy, la Sala Superior del TFJA desechó la multa e inhabilitación por 2 años que la SFP había emitido contra Lomedic, pues determinó que Lomelí no era socio desde 2012 –donó sus acciones a su esposa, Karina Lucia Navarro Pérez–, por lo que la empresa no necesitaba pedir autorización a la SFP para participar en el proceso de licitación.

La SFP afirmaba que Lomedic había presentado información falsa durante un proceso de contratación realizado en 2015, pues en las actas de asamblea no aparecía Lomelí –entonces diputado federal– como socio, pero sí como administrador único, y como tal tenía interés en la empresa.

“A juicio de este cuerpo colegiado, los argumentos presentados por la demandante resultan parcialmente fundados, pero suficientes para declarar la nulidad de la resolución impugnada”, determinó el magistrado Víctor Martín Orduña Muñoz, quien “afirmó que resulta ilegal la resolución controvertida”.

Los jueces Magda Zulema Mosri Gutiérrez y Carlos Mena Adame expresaron su rechazo al proyecto del magistrado Orduña y respaldaron la sanción de la SFP: la primera refrendó que la donación de acciones de Lomelí a su esposa equivale a una “simulación” y el segundo aseguró que se trató de un “acto familiar”, y ambos afirmaron que la infracción quedó demostrada.

Finalmente, se aprobó la exculpación de Lomelí con siete votos a favor –entre ellos del presidente del TFJA, Rafael Anzures Uribe– y dos en contra.

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