Dan 7 años de prisión a auxiliar de enfermería de Coyoacán por pederastia y pornografía infantil

El detenido es acusado de tomarle fotos a una menor de edad

heraldodemexico.com.mx

Andrés “N”, auxiliar de enfermería en el Hospital General de Zona número 32 del IMSS que se ubica en la alcaldía Coyoacán, fue sentenciado a siete años de prisión por los delitos de pederastia agravada y pornografía infantil, ya que al revisar los signos vitales de a una menor de edad, le tomó fotografías en la zona genital sin el consentimiento de la víctima.

La Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Grupos de Situación de Vulnerabilidad y Trata de Personas de la FGR, iniciaron la carpeta de investigación en marzo de 2023. Se llevó a cabo el proceso en sus diversas etapas procesales. Se acreditó la responsabilidad del auxiliar de enfermería en los delitos mencionados.

El enfermero fue detenido y sentenciado.
Crédito: archivo

La sentencia al enfermero del IMSS

El Tribunal de Enjuiciamiento adscrito al Centro de Justicia penal Federal en la Ciudad de México, le impuso la sentencia condenatoria de 7 años de prisión, una multa, el pago por la reparación del daño, disculpa pública, amonestación, la suspensión de sus derechos políticos y civiles, la destitución de su empleo por el mismo periodo de la pena de prisión y su decomiso del instrumento del delito. 

Mediante un comunicado, la Fiscalía aseguró que se acreditó la responsabilidad de Andrés “N” en los delitos de pederastia agravada y pornografía infantil de personas menores de 18 años de edad.

El teléfono con el que cometió el delito fue decomisado.
Crédito: pexels

¿Qué es el delito de pederastia y pornografía infantil?

En México, la pederastia se castiga con 24 años de prisión. El Congreso de Ciudad de México declaró imprescriptible este delito en 2021, aumentando la pena de 17 a 24 años.

Según el Código Penal Federal también establece otras penas para delitos sexuales contra menores de edad:

  • Abuso sexual a un menor: 2 a 6 años de prisión
  • Aprovecharse de la confianza de un menor: 9 a 18 años de prisión y 750 a 2250 días multa
  • Cópula con engaño con un menor de 18: 3 meses a 4 años de prisión
  • Abuso sexual con engaño o abuso de confianza con un menor de 18: 1 a 3 años de prisión
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