El INE suspende spot del PRI y sus aliados por uso de imagen de la Virgen de Guadalupe

*El Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Encuentro Social…

proceso.com.mx

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el Partido Encuentro Social (PES) en contra de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal), por el uso de símbolos o imágenes religiosas en uno de sus spots.

En sesión extraordinaria urgente, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó que la Ley General de Partidos Políticos prohíbe expresamente el uso de símbolos religiosos, y en el promocional denunciado, aunque no constituye una imagen central o preponderante, permanente o continua, sí se resalta la imagen de la Virgen de Guadalupe.

En ese sentido, declaró la procedencia de las medidas cautelares para suspender el spot que se difunde en la pauta local.

En lo referente a la pauta ordinaria y federal, resultaron improcedente las medidas cautelares porque el spot ya no se está transmitiendo, por lo que se trata de hechos consumados.

La Comisión también declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el PRI en contra de supuestos actos anticipados de campaña atribuibles al precandidato Ricardo Anaya Cortés, así como al Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC), por la difusión de diversos promocionales en radio y televisión en la pauta de precampaña federal, que a juicio del quejoso se trata de propaganda que aparentemente no corresponde al periodo de precampaña y en la que se sobreexpone el nombre de Anaya y se busca, implícitamente, llamar a votar en contra del PRI.

No obstante, la Comisión determinó que se trata de promocionales de precampaña dirigidos a la militancia de dichos partidos políticos, en el que aparece el precandidato Ricardo Anaya.

Del análisis al contenido del promocional denunciado, añadió, no se advierte la emisión de un mensaje que –de forma manifiesta, abierta y sin ambigüedad– llame al voto a favor del PAN o MC ni en contra del PRI.

De igual manera, declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el PES en contra de los partidos que integran la Coalición “Por México al Frente” (PAN, PRD y MC), así como de su precandidato presidencial, Ricardo Anaya Cortés, por la presunta utilización de símbolos o imágenes de carácter religioso, en este caso la imagen del Papa Francisco, que a juicio del quejoso pudiera influir en el sector de la población que profesa la religión católica.

La Comisión concluyó que se trata de hechos consumados e irreparables, toda vez que el 20 de diciembre de 2017 culminó la vigencia de la difusión del promocional denunciado.

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