Ordenan revisar responsabilidad de AMLO en irregularidades de servidores de la nación

El Tribunal Electoral ordenó analizar la probable responsabilidad de funcionarios de alto nivel, incluido AMLO, en la promoción con recursos públicos que realizaron a su favor los servidores de la nación con el Censo del Bienestar.

proceso.com.mx

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada analizar la probable responsabilidad de funcionarios de alto nivel, incluido el presidente Andrés Manuel López Obrador, en la promoción personalizada con recursos públicos que realizaron a su favor los servidores de la nación durante el levantamiento del Censo del Bienestar.

En sesión, los magistrados revocaron la sentencia emitida por esa Sala en 2019, en la que se había determinado que no eran responsables de esas violaciones legales el presidente, la titular de la secretaría del Bienestar, María Luisa Albores González, la subsecretaria, y Gabriel García Hernández, coordinador general de Programas para el Desarrollo del gobierno federal.

Ahora la Sala Especializada deberá realizar un nuevo análisis en el que tome en cuenta el contexto, si hubo afectación en entidades con elección local cuando ocurrieron los hechos, así como las pruebas y precedentes del TEPJF, para en su caso determinar si todos esos funcionarios tienen alguna responsabilidad en las irregularidades.

El caso derivó de una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) el 8 de agosto de 2019, en la que denunció la operación de una estructura electoral integrada por servidores de la nación y superdelegados, pues para levantar el censo de programas sociales se desplegaron en el país con chalecos con la imagen del presidente y un discurso para dejar en claro que los programas y recursos eran enviados por López Obrador.

El 27 de diciembre de 2019 la Sala Regional Especializada determinó que 14 de 32 superdelegados, 21 subdelegados Regionales y ocho servidores de la nación sí violaron la Constitución, porque emplearon recursos públicos para promover indebidamente al presidente López Obrador.

El artículo 134 de la Constitución ordena que toda propaganda gubernamental debe tener carácter institucional y prohíbe que contenga nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, sin embargo, se acreditó que con la indumentaria (chalecos, gorras) y su discurso ante los beneficiarios, los servidores sí se dedicaron a promover al presidente.

Hoy, un año y tres meses después de que el caso se resolviera en la Sala Especializada del Tribunal, la Sala Superior analizó un paquete de más de una veintena de impugnaciones promovidas por los funcionarios, quienes alegaron no haber incurrido en anomalías, y el recurso del PRD que buscó sanciones para funcionarios de alto nivel y la estructura de más de 18 mil servidores de la nación.

Los magistrados determinaron que la entrega de programas sociales debe ser imparcial y no debe hacerse con propaganda personalizada, pues se podría generar la percepción de que la continuidad de esos beneficios depende del resultado electoral o la continuidad en el poder.

El magistrado ponente, Reyes Rodríguez Mondragón, explicó que la Sala Especializada también deberá analizar los casos en los que había proceso electoral en curso o estaba próximo a iniciar, pues en su sentencia de 2019 “se basó en afirmaciones generales, no expuso criterios jurídicos ni analizó posible responsabilidad de altos funcionarios”.

La decisión de investigar a altos funcionarios, incluido el presidente, fue respaldada por cinco magistrados, pero votaron en contra dos: José Luis Vargas, presidente, y Mónica Soto, quienes consideraron innecesario revisar si personajes de alto nivel son responsables, “pues no se encontraron elementos indiciarios”.

En la sentencia se resolvió igualmente que algunos funcionarios públicos sí desacataron las medidas cautelares que el 16 de agosto de 2019 dictó el Instituto Nacional Electoral (INE) para retirar publicaciones, fotos y videos de redes sociales en las que se incurría en promoción personalizada de servidores públicos.

Aunque el gobierno federal acató las medidas en lo que respecta a que los servidores de la nación dejaran de emplear indumentaria con propaganda personalizada, no se cumplió la orden de bajar de redes sociales y páginas de internet publicaciones con ese mismo tipo de contenido prohibido por la Constitución.

Según el PRD, unas mil 500 publicaciones en redes sociales que habían sido denunciadas no fueron retiradas, incluidos mensajes del mismo coordinador de los súper delegados, quien como superior jerárquico, al igual que la secretaria Albores, fue señalado de desacato.

Share
Bitnami