SAT: Quienes no deben presentar su Constancia de Situación Fiscal; te lo aclaramos

La autoridad fiscal dio a conocer una prórroga para la entrada en vigor de la nueva factura electrónica 4.0 hasta el 1 de enero de 2023

heraldodemexico.com.mx

Por medio de un comunicado difundido en redes sociales y en su portal oficial, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una prórroga para la emisión obligatoria de la nueva factura electrónica 4.0 hasta el 1 de enero de 2023.

Ante este cambio, todas aquellas personas que aún no tramitan su Constancia de Situación Fiscal, tendrán el resto del año para realizar el trámite ya sea de manera física en cualquiera de la oficinas del SAT o digitalmente a través de la página oficial o la app.

Cabe destacar que esta decisión se da debido a las largas filas de ciudadanos en oficinas del SAT, quienes requieren el documento, pues a pesar de que este se puede obtener por internet, en caso de ser necesario algún cambio o si existe una inconsistencia, deben acudir presencialmente.

¿Quiénes no deben presentar la Constancia de Situación Fiscal?

Además del anuncio de la prórroga para la entrada en vigor del nuevo esquema de facturación, el SAT informó en qué casos no es necesario entregar la Constancia de Situación Fiscal:

en caso de que el contribuyente conozca la información solicitada de Código Postal del domicilio fiscal, obligaciones fiscales, entre otras, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal.

Para optar por esta opción, el contribuyente debe conocer su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Nombre o Razón Social, Código postal del domicilio fiscal y Régimen fiscal; además, estos datos deben estar vigentes.

No te pueden retener tu salario si no presentas tu constancia

Además, el SAT señaló que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores.

En otras palabras, si un trabajador no entrega su Constancia de Situación Fiscal, esto no debe ser motivo de despido ni de retención de pago.

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