Una diputada provoca polémica en México al plantear la sustitución de las penas por aborto con trabajo comunitario

La bancada oficialista se deslindó de la propuesta luego de la controversia que provocó porque mantiene la aplicación de sanciones contra las mujeres que decidan la interrupción de su embarazo.

actualidad.rt.com

La diputada oficialista Jannet Téllez desató una polémica al promover una reforma al Código Penal Federal de México para sustituir con tratamientos médicos o trabajo comunitario las penas de prisión previstas para las mujeres que abortan.

Las críticas hacia la representante de Morena, el partido del presidente Andrés Manuel López Obrador, se multiplicaron porque su iniciativa implica castigar de alguna manera a las mujeres que interrumpan de manera voluntaria sus embarazos, lo que es combatido por los movimientos feministas que abogan por la legalización de esta práctica.

Al presentar su propuesta ante el pleno de la Cámara de Diputados, la legisladora aseguró que lo hacía en nombre de la reivindicación y dignidad de las mujeres.

Explicó que el proyecto promueve el respeto, la dignidad, los derechos y la implementación de acciones y mecanismos que les permitan a las mujeres un desarrollo integral “ante toma de decisiones trascendentales  como interrumpir un embarazo o llevar a término”.

La diputada dijo que existen múltiples circunstancias que intervienen en una decisión de este tipo, como la educación sexual y la atención medica, por lo que se debe garantizar la atención prenatal y post parto, y el cuidado materno infantil, así como información clara y veraz sobre la adecuada atención de la salud sexual y reproductiva.

“Se ha comentado que la interrupción del embarazo tiene graves consecuencias en la salud física y psicológica de la mujer”, señaló para luego enumerar las falencias del Código Penal Federal.

El artículo 332 de esta norma establece que se impondrán condenas de seis meses a un año de prisión a la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar. La pena aumenta de uno a cinco años si la mujer tiene “mala fama”, si no logró ocultar el embarazo y si éste no es fruto de una unión ilegítima.

Téllez advirtió que en el Código está clara la condena de juicio social, la carga psicológica y física que existe cuando se condena a una mujer con esas penas.

“Por eso someto a esta soberanía reformar el artículo 322, derogar dichas fracciones y en su lugar facultar a la autoridad judicial para sustituir las penas establecidas por un tratamiento médico integral o trabajo en favor de la comunidad“, afirmó.

Dicho tratamiento, agregó, será provisto por las instituciones de salud estatales y federales, y tendrán como objeto la atención integral post aborto, previa valoración médica.

Ante la controversia provocada por la legisladora, la bancada de Morena se deslindó al afirmar que es solo un proyecto individual que no cuenta con el aval del bloque parlamentario oficialista

“No va con el espíritu del Grupo Parlamentario de Morena promover castigos por ejercer derechos… condenamos la criminalización de las mujeres bajo cualquier circunstancia y refrendamos nuestro compromiso de transformar las condiciones de desigualdad trabajando en la progresividad de los derechos de las mujeres”, afirmó el documento.

En México, el aborto sin restricciones hasta la semana 12 solamente está autorizado en la capital y en Oaxaca, pero la resistencia de organizaciones conservadoras ha impedido que el derecho se aplique a nivel nacional.

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